*Para
ello, el Grupo Legislativo Mixto PRI-PVEM, propone reformar, adicionar y
derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado.
Xalapa, Ver. | 28 junio de 2018
Tribuna Libre.- A nombre de los integrantes del Grupo
Legislativo Mixto PRI-PVEM, la diputada Erika Ayala Ríos, presentó una
Iniciativa de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de
la Constitución Política del Estado, para que las personas responsables de
evaluar el desempeño de los juzgadores tengan los conocimientos y capacidad
indispensables para realizar la función encomendada en la Constitución.
Que se traduzca -destacó ante el Pleno la
legisladora-, en una impartición de justicia eficiente, y con ello se dé
respuesta a una de las demandas más recurrentes de la sociedad, que es la de
acceder a una justicia pronta y expedita.
Ante la importancia de las funciones del
Consejo de la Judicatura, continuó, se propone retomar la disposición original
referente a los requisitos para ser consejero, que sean estos los mismos que se
señalan para ser magistrado del Poder Judicial y prohibir expresamente la
dispensa de ley de alguno de los requisitos.
Lo anterior, señaló, para garantizar que los
integrantes del Consejo cuenten con la experiencia, vinculación con la realidad
estatal, preparación académica y buena reputación, necesarias para evaluar el
quehacer jurisdiccional de los servidores de ese Poder.
Con lo anterior, dijo la diputada Erika Ayala,
se homologaría la disposición constitucional local con la establecida para el
Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación, que en el
artículo 100 de la Carta Magna Federal señala que todos los consejeros deberán
reunir los requisitos señalados en el artículo 95 de la misma, los previstos
para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de
haberse distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y
honorabilidad en el ejercicio de sus actividades.
Finalmente, para concluir su intervención,
considera necesario adicionar un párrafo al artículo 58 constitucional estatal,
en el que se señalan los requisitos para ser magistrado del Poder Judicial del
Estado, a efecto de establecer expresamente la prohibición de dispensar alguno
de dichos requisitos en el proceso de designación de magistrados.
La Iniciativa fue turnada a la Comisión
Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, para continuar su trámite
legislativo.