Sala Monterrey invalida la elección municipal de subdelegado en Pedro Escobedo y valida elección de representante de la comunidad la d chalmita, en Querétaro
Monterrey, Nuevo León. | 26
julio de
2019
Tribuna Libre.- Los Magistrados resolvieron los juicios
promovidos por integrantes de la comunidad La D Chalmita y el ayuntamiento de
Pedro Escobedo, contra la sentencia del Tribunal Electoral de Querétaro, que
invalidó las elecciones del subdelegado municipal, así como la del
representante de la comunidad ante los tres niveles de gobierno, y ordenó la
realización de una consulta previa a la referida comunidad para determinar el
método por el que elegirían al subdelegado. Por lo anterior, el pleno, por una
parte, confirmó la sentencia del Tribunal local respecto a invalidar la
elección municipal del Subdelegado al Ayuntamiento; y por la otra, modificó
dicha resolución y declaró válida la elección de representante de la comunidad
de La D Chalmita, por tratarse de elecciones distintas.
Por otra parte, el Pleno confirmó la
sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, relacionada con
la asignación de regidores de representación proporcional, al considerar
correcta la aplicación del método de asignación de regidurías por la fase de
cociente electoral.
Por otra parte, la Sala confirmó la sentencia
del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, que declaró
improcedente la solicitud de la Asociación Civil “Por Coahuila Sí”, para
registrarse como partido político. Además, ante la existencia de infracciones
en materia de fiscalización, se determinó cancelar el procedimiento para
obtener dicho registro.
Por último, el pleno sobreseyó los juicios de
revisión constitucional contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado
de Tamaulipas relacionadas con la elección de diputaciones locales en Nuevo
Laredo y Reynosa, al no cumplir con el requisito de determinancia en el
resultado de la elección.
Durante la sesión, el Pleno resolvió 5 juicios
para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 2
juicios electorales y 6 juicios de revisión constitucional electoral, sumando
un total de 13 medios de impugnación.