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julio 26, 2019

Sala Monterrey invalida la elección municipal de subdelegado en Pedro Escobedo y valida elección de representante de la comunidad la d chalmita, en Querétaro


Monterrey, Nuevo León. | 26 julio de 2019
Tribuna Libre.- Los Magistrados resolvieron los juicios promovidos por integrantes de la comunidad La D Chalmita y el ayuntamiento de Pedro Escobedo, contra la sentencia del Tribunal Electoral de Querétaro, que invalidó las elecciones del subdelegado municipal, así como la del representante de la comunidad ante los tres niveles de gobierno, y ordenó la realización de una consulta previa a la referida comunidad para determinar el método por el que elegirían al subdelegado. Por lo anterior, el pleno, por una parte, confirmó la sentencia del Tribunal local respecto a invalidar la elección municipal del Subdelegado al Ayuntamiento; y por la otra, modificó dicha resolución y declaró válida la elección de representante de la comunidad de La D Chalmita, por tratarse de elecciones distintas.

Por otra parte, el Pleno confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, relacionada con la asignación de regidores de representación proporcional, al considerar correcta la aplicación del método de asignación de regidurías por la fase de cociente electoral.

Por otra parte, la Sala confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, que declaró improcedente la solicitud de la Asociación Civil “Por Coahuila Sí”, para registrarse como partido político. Además, ante la existencia de infracciones en materia de fiscalización, se determinó cancelar el procedimiento para obtener dicho registro.

Por último, el pleno sobreseyó los juicios de revisión constitucional contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas relacionadas con la elección de diputaciones locales en Nuevo Laredo y Reynosa, al no cumplir con el requisito de determinancia en el resultado de la elección.

Durante la sesión, el Pleno resolvió 5 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 2 juicios electorales y 6 juicios de revisión constitucional electoral, sumando un total de 13 medios de impugnación.

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