*El
plazo de 4 días naturales concluyó el 2 de septiembre.
Xalapa, Ver. | 09 septiembre de 2019
Tribuna Libre.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV)
resolvió los Juicios ciudadanos 812 y 813 de este año, interpuestos por quienes
se ostentan como militantes del Partido Acción Nacional, a través de los cuales
impugnan la resolución dictada en el expediente CJ/JIN/157/2019, emitida por la
Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, misma que confirmó la
“convocatoria emitida para la renovación de la o el presidente, secretario
general y siete miembros del Comité Directivo Estatal del Partido Acción
Nacional en el Estado de Veracruz, para el periodo del Segundo Semestre de 2019
al segundo semestre de 2021”, determinación emitida el 25 de agosto, notificada
por estrados físicos y electrónicos el 28 siguiente.
El TEV desechó de plano los medios de
impugnación, al actualizarse la causal de improcedencia prevista en la fracción
IV del artículo 378 del Código Electoral para el Estado de Veracruz.
Lo anterior es así, toda vez que, al no haber
señalado domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad sede de la
referida Comisión de Justicia, operó para los hoy actores, la notificación por
estrados ante la instancia intrapartidista, por lo que, el plazo de 4 días
naturales para presentar la impugnación contra tal resolución, establecida en
el artículo 358 del código comicial local, feneció el dos de septiembre, de ahí
que al haberlos interpuesto hasta el seis siguiente, es claro que se encuentran
presentados fuera de tiempo.