Xalapa, Ver. | 03 octubre de 2019
Tribuna Libre.- El Tribunal Electoral
de Veracruz (TEV) resolvió diversos juicios ciudadanos donde declaró fundados
los agravios relativos a la omisión de otorgar una remuneración proporcional a
las responsabilidades como Agentes y Subagentes Municipales de los
Ayuntamientos de Ixhuacán de los Reyes, Catemaco y Coscomatepec.
Al respecto, el órgano jurisdiccional
determinó que los actores tienen derecho de recibir una remuneración por el
desempeño de su actividad de Agentes y Subagentes municipales de las distintas
comunidades de los ayuntamientos en mención, puesto que en el presupuesto de
egresos de 2019, de los cabildos de los ayuntamientos responsables, no
establecieron una partida presupuestal para el pago respectivo.
Por ello, se determinó realizar un análisis
presupuestal adecuado y proporcional, y con efectos extensivos para todos sus
Agentes y Subagentes Municipales, modificando su presupuesto de egresos de
2019, la que deberá ser cubierta desde el uno de enero.
Por otro lado, el TEV también resolvió el
juicio ciudadano TEV-JDC-773/2019 interpuesto por el Regidor Primero del
Ayuntamiento de Atoyac, en contra del Presidente Municipal, por la omisión de
dar respuesta a diversas solicitudes de información relacionadas a temas de la
administración pública municipal y del cargo público.
Al realizar el análisis de la sentencia, se
concluyó que existieron solicitudes que fueron contestadas de manera parcial y
fuera de tiempo. En ese sentido, declaró parcialmente fundada la omisión de
contestar diversos oficios por parte del Ayuntamiento, así como a la
contraloría y se ordenó dar respuesta en un término de 10 días hábiles por no
ser atendidas sus peticiones.
Por ello, al ser progresista, el TEV protegió
los derechos fundamentales de los justiciables y dio vista al Instituto
Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), con las solicitudes del actor,
que no son competencia de este organismo jurisdiccional, para que determinara
lo conducente conforme a sus atribuciones.