* Con
la reforma propuesta, la CEDH no sería competente para conocer de asuntos
electorales, agrarios y jurisdiccionales.
Xalapa, Ver. | 28 febrero de 2020
Tribuna
Libre.- El
diputado Amado Jesús Cruz Malpica presentó a la Diputación Permanente una Iniciativa
de Decreto a fin de que la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) no sea
competente para conocer de asuntos electorales, agrarios y jurisdiccionales en
cuanto al fondo.
La reforma al primer párrafo del artículo 5
de la Ley de la CEDH contempla que este organismo tampoco tendrá competencia
respecto de consultas que formulen las autoridades, los particulares u otras
entidades sobre interpretación de disposiciones constitucionales y legales, ni
en aquellos casos en que se pueda comprometer o vulnerar su autonomía o su
autoridad moral.
El integrante del Grupo Legislativo de Morena
expuso, durante la Tercera Sesión Ordinaria del Primer Receso, que en 2011 se
llevaron a cabo diversas reformas a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos, una de éstas, en las atribuciones de la CEDH, cuya competencia se
amplió, al derogar el impedimento de atender asuntos en materia laboral.
En el caso de Veracruz –continuó- se
actualizó la reforma en este mismo sentido en el año 2016, cuando en el
artículo 67, fracción II, inciso b), sólo le impide conocer de asuntos
electorales y jurisdiccionales, para que así pudiera tener atribución en
asuntos en materia laboral.
En el ámbito laboral, ante las y los
integrantes de la Diputación Permanente, la protección de los derechos de las
personas que son afectadas por situaciones administrativas laborales por
servidores públicos permite realizar acciones por parte de la CEDH que no sean
estrictamente derivadas de la relación entre trabajador y su empleador, cuyos reclamos
se realizan mediante un juicio laboral.
No obstante, añadió el legislador, esta
actualización no se ha plasmado en la ley respectiva, promulgada en el año
2002. Aun cuando en el Artículo 1 establece su ámbito de competencia de acuerdo
con lo que señala el Artículo 67, fracción II de la Constitución local, en el
Artículo 5 de dicha ley sigue marcando la excepción para intervenir o conocer
de “asuntos electorales, laborales, agrarios y jurisdiccionales”.
Por lo antes señalado, el Diputado consideró
necesario homologar la disposición constitucional, tanto federal como estatal,
que en la Ley que rige a la CEDH se reforme su artículo 5. Con esta reforma, en
los casos que su competencia le permita en la materia laboral, la Comisión
“deberá darle seguimiento a estos asuntos con mayor atención que una simple
orientación, haciendo valer lo que la ley le permite y obliga”.
Con la adhesión de los grupos legislativos
MC-PRD, Morena, PRI-PVEM y Del Lado Correcto de la Historia, esta Iniciativa de
Decreto fue turnada a la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a
Grupos Vulnerables.