*No
podrán utilizar nombres idénticos o similares a los del partido que los
postuló.
Xalapa, Ver. | 06 marzo de 2020
Tribuna
Libre.- El Grupo Legislativo
del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa de decreto que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Veracruz, que modificaría los ordenamientos para la integración de
grupos legislativos mixtos.
En nombre de dicha bancada, el diputado Omar
Guillermo Miranda Romero expuso que, de acuerdo con la propuesta, los grupos
legislativos mixtos deberán estar integrados por diputadas y diputados de
diferentes partidos políticos que no hayan alcanzado el mínimo necesario para
constituirse o emanados de candidaturas independientes o bien por los que hayan
decidido separarse permanentemente de los partidos políticos que los
postularon.
Asimismo, las y los diputados que
voluntariamente aceptan el deseo de no formar parte del grupo legislativo del
partido que los postuló y se separen para integrar un grupo legislativo mixto
se desvinculan del instituto político de donde emanaron, pues, el negarse a
respetar la estructura organizacional y la normatividad interna del que fuera
su partido se entiende como una renuncia automática que no requiere de ningún
proceso de expulsión o sanción del partido.
La iniciativa propone que el nombre de los
grupos legislativos mixtos no deberá ser idéntico o similar al de la afiliación
partidista de sus integrantes, salvo aquellos que por no haber alcanzado el
requisito numérico para su constitución hayan decidido agruparse. Además,
señaló, las normas acordadas para el funcionamiento de la vida interna del
grupo legislativo mixto deberá ser acordada por sus miembros.
Omar Miranda explicó también que, cuando los
grupos legislativos dejen de tener el mínimo de integrantes o requisitos de
acuerdo con su conformación, serán considerados disueltos para todos los
efectos legales y reglamentarios, sin importar la causa.
Permitir que en el Congreso coexistan dos
grupos legislativos del mismo partido o grupos legislativos mixtos, cuyos
integrantes se continúen ostentando como parte del partido político que los
postuló, además de utilizar nombres idénticos o similares a la institución que
los apoyó, transgrede el derecho a la representación política de los electores
y afiliados al partido político, añadió el Diputado.
“Las aspiraciones de los representados pueden
verse coartadas por el interés personal o la coincidencia con otra corriente
ideológica distinta al partido que lo postuló, lo que implicaría, incluso, el
incumplimiento de los compromisos adquiridos con los simpatizantes del partido
y la propia agenda legislativa del grupo legislativo de partido”, finalizó.
La Iniciativa con Proyecto de Decreto que
reforma el segundo párrafo y los incisos a) y b) del artículo 27 y adiciona un
inciso c) al artículo 27 y un tercer párrafo al artículo 28, ambos de la misma
ley, fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación para su análisis y
dictamen.