*Se
establecen disposiciones sobre los recursos públicos en materia electoral y la
reducción, a tres años, del periodo constitucional de Ayuntamientos.
Xalapa, Ver. | 13 mayo de 2020
Tribuna
Libre.- Las
diputadas y diputados de la LXV Legislatura de Veracruz aprobaron el dictamen
de decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones a la
Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con lo que
se busca establecer una serie de prerrogativas que maximicen los derechos
político-electorales y a su vez reduzcan el gasto público en materia electoral.
El dictamen, puesto a consideración del Pleno
por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, registró 34
votos a favor, 14 en contra y una abstención. Es resultado de las iniciativas
presentadas el pasado 2 de mayo por los integrantes del Grupo Legislativo de
Morena y por el diputado de la bancada Movimiento Ciudadano-PRD, Alexis Sánchez
García.
Los partidos políticos contarán, de manera
equitativa, con elementos para llevar a cabo sus actividades en la forma y
términos que se señalen en la Constitución local y la ley en la materia.
También tendrán derecho de acceder a los
tiempos en radio y televisión, conforme a lo previsto en la Constitución
federal y en la Ley General que los regula. Las candidaturas independientes
registradas conforme a la ley; tendrán derecho a prerrogativas para las
campañas electorales, de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales
aplicables.
Los partidos políticos nacionales y locales,
para efectos de las elecciones locales, tendrán derecho al financiamiento
público de sus actividades, estructura, sueldos y salarios, que se compondrá y
otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley.
El financiamiento público para el
sostenimiento de actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, para
los partidos políticos locales en los términos establecidos por la Ley General
de Partidos Políticos. Para los partidos políticos nacionales se calculará
multiplicando el número total de personas inscritas en el padrón electoral del
Estado, con corte de julio de cada año, por el treinta y dos punto cinco por
ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
EI treinta por ciento del monto que resulte
se distribuirá de forma igualitaria y el setenta por ciento restante se
distribuirá de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la
elección de Diputados inmediata anterior.
El financiamiento público por actividades
específicas, equivaldrá al tres por ciento del monto total del financiamiento
público para actividades ordinarias de ese mismo año. El monto total será
distribuido en forma igualitaria entre los partidos políticos.
El financiamiento público para campañas
durante el año de la elección a la Gubernatura, diputaciones y ayuntamientos,
equivaldrá al cincuenta por ciento del financiamiento público para actividades
ordinarias de cada partido en ese mismo año; cuando sean elecciones de
diputaciones y ayuntamientos, equivaldrá al treinta por ciento. La distribución
será igualitaria entre las candidaturas, por tipo de elección y ciudadanos
inscritos en padrón electoral.
El financiamiento público para los partidos
políticos que hubieran obtenido su registro con fecha posterior a la última
elección o que habiendo conservado registro legal no cuenten con representación
alguna en el Congreso del Estado, se otorgará el dos por ciento del total del
financiamiento público para actividades ordinarias de ese mismo año, este monto
se obtendrá del financiamiento público para actividades ordinarias y no se
aumentará por este concepto.
El monto les será entregado en la parte
proporcional que corresponda a la anualidad, a partir de la fecha en que surta
efectos el registro. Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales
y hasta el día de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales
cesarán toda campaña publicitaria relativa a obras y programas públicos. A las
autoridades electorales corresponderá la vigilancia y sanción a las violaciones
de lo dispuesto en este párrafo.
Durante los procesos electorales locales de
ayuntamientos, el Organismo Público Local electoral del Estado (OPLE) deberá
instalar Consejos Municipales Especiales, en los municipios donde concurran las
actividades de dos o más distritos uninominales locales; tendrán como
atribución realizar los cómputos de la elección del ayuntamiento; serán
conformados por personas mayores de 18 años y que deseen participar como
funcionarios electorales en los términos que disponga la Ley en la materia.
Por otra parte, se armonizó el periodo
constitucional de los ediles con lo establecido en la Carta Magna federal.
En la etapa de posicionamientos y en nombre
del Grupo Legislativo de Morena, la diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz
dijo que con la aprobación de este decreto Veracruz se estaría ahorrando tan
solo en financiamiento directo a partidos políticos, 177 millones de pesos al
año.
“De por sí, ese dinero ni siquiera ha llegado
a las campañas, ni a sus candidatos, ese dinero no se ha sido utilizado para
fortalecer nuestra democracia, digamos las cosas como son: históricamente ese
dinero, que es del pueblo veracruzano, ha servido para enriquecer a ciertos
líderes políticos”, agregó.
Sobre el caso de los recursos públicos,
ejemplificó que el equipamiento de última tecnología para el Centro de Alta
Especialidad de Xalapa, el año pasado, costó 130 millones de pesos.
La legisladora Cervantes de la Cruz destacó
la reducción del periodo de los Ayuntamientos a tres años, permitiendo la
reelección consecutiva, alineados con la Constitución federal. Ello permitirá
que las personas puedan refrendar o castigar a sus autoridades municipales
según haya sido su desempeño. Y de paso, hacer coincidir las elecciones
municipales con las del Congreso local, lo cual evitará duplicidad de gastos
cada cuatro años, como ocurre ahora, expuso.
Por el Grupo Legislativo del Partido Acción
Nacional (PAN), su coordinador, el diputado Omar Guillermo Miranda Romero,
adelantó su voto en contra, al considerar que dadas las circunstancias no hay
condiciones para discutir a fondo la iniciativa, “precisamente, porque no es
posible tener los elementos suficientes para realizar un análisis que permita
hacer una deliberación parlamentaria a la altura de lo que exigen los
veracruzanos, y que debamos enfocarnos sólo a la forma, la cual de por sí ya es
suficiente para no avalar el presente dictamen”.
Tras ser aprobado por el Pleno, la Mesa
Directiva instruyó remitir el decreto a los 212 Ayuntamientos para los efectos
previstos en la Ley Reglamentaria de la entidad del artículo 84 constitucional.