* La
marcha atrás del CENACE el pasado martes no libera los riesgos contra el
sector, la sentencia definitiva a dos amparos se tomará el 25; pero aún queda
el acuerdo de la Secretaría de Energía del 15 de mayo que le da facultades da
facultades a la CRE y al Cenace para emitir nuevos lineamientos de
confiabilidad.
Ciudad, de México. | 22 mayo de 2020
Tribuna
Libre.- La
International Chamber of Commerce (ICC) México considera que la pandemia por
Covid-19 o SARS-Cov-2 no debe ser usada como una excusa del Gobierno de México
para para dar marcha atrás a la conversión a energías renovables, con el
objetivo de reimpulsar el monopolio de las dos empresas insignia del Estado:
Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (Pemex), en
perjuicio de la economía del país, el medio ambiente y la confianza de los
inversores extranjeros en México.
El golpe lanzado el 29 de abril desde el
Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) y asestado el 15 de mayo desde
la Secretaría de Energía (Sener), tiene sus antecedentes desde la promesa de
campaña del actual presidente de rescatar a la CFE y Pemex, pasando por una
serie de decisiones como la cancelación de la licitación para las redes de
transmisión en Baja California y el cambio de las reglas del juego en materia
de certificados de energía limpia, que le iban a dar viabilidad financiera a
buena parte de los proyectos, al abrir la entrada al mercado a la paraestatal.
La decisión anunciada la noche del martes por
el Cenace, a raíz de dos suspensiones provisionales obtenidas por empresarios
del sector, reactivará las pruebas preoperativas en 23 parques donde se
integran 10 centrales fotovoltaicas y 7 eólicas; esta decisión podría ser una aceptación
gubernamental de la ilegalidad e inconstitucionalidad de la medida, aunque la
decisión final la tomará el juzgador el próximo lunes 25 de mayo.
Sin embargo, aún queda el acuerdo de la
Secretaría de Energía del 15 de mayo, el cual le da facultades a la Comisión
Reguladora de Energía (CRE) y al Cenace para emitir nuevos lineamientos de
confiabilidad, donde estos organismos van a tener toda la posibilidad de negar
o no de forma discrecional la interconexión al sistema y la participación en el
mercado de los proyectos que ellos consideren que restan confiabilidad al
sistema con base a sus propios criterios que son nada claros y contrarios al
marco legal de la electricidad.
Para la ICC es preocupante la falta de Estado
de derecho porque la emisión, publicación e implementación pretendida de la
política por parte de la Secretaría de Energía (Sener) presenta irregularidades
y violaciones formales y sustanciales a la Constitución y marco legal vigente.
Entre otras, la política emitida en el
acuerdo de 15 de mayo: (1) no sigue reglas mínimas que se aplican al debido
análisis y publicación de la política y su entrada en vigencia y efecto
(ignorando el período obligatorio de notificación y comentario); (2) interfiere
con la autoridad constitucional y legal conferida exclusivamente y
específicamente en otros reguladores y autoridades del sector (que no sean
Sener) y sobrepasa el trabajo legislativo del Congreso de la Unión, quien sí
está facultado para cambiar la norma; (3) traiciona el mandato de Sener y la responsabilidad
de implementar una política energética integral consistente, con un enfoque
holístico y cobertura constitucional; (4) Viola los principios básicos de la
libre competencia en el sector, al incorporar tratamientos discriminatorios
entre los participantes de la venta al por mayor en el Mercado de electricidad,
estableciendo barreras regulatorias a la competencia, restringiendo ilegalmente
el acceso claramente a favor de la CFE, desplazando injustamente a competidores
potenciales.
Asimismo, (5) contraviene la
constitucionalidad y principios legales, e instrumentos y tratados
internacionales ratificados por el Estado mexicano (incluso sobre protecciones
a inversiones en México y específicos compromisos del Estado mexicano sobre
cambio climático); (6) interrumpe el fundamental derecho de los mexicanos a un
medio ambiente sostenible y saludable; (7) implica inminente aumentos de
precios (a pagar por los consumidores finales o los contribuyentes en un
subsidio sobre medio ambiente); (8) incorpora medidas que pueden considerarse
desproporcionadas e inserta acciones retroactivas en inversiones ya existentes,
y (9) repetidamente evade e ignora alertas e inquietudes planteadas por
organismos diplomáticos, internacionales agencias, foros, cámaras, entre otros,
en defensa de las inversiones en el sector.
Es importante señalar, como ya se ha
informado en la opinión pública, que la CFE utiliza el combustóleo que Pemex
produce en sus refinerías y no tiene dónde venderlo. En consecuencia, el
Acuerdo Cenace y el de la Sener son favorables para Pemex, en la medida en que
promueven la adquisición continua de su combustible por parte de la CFE, en un
momento en el que los precios internacionales del petróleo, y los ingresos de
Pemex, se han reducido significativamente.
Es importante recordar que el 7 de mayo de
2020, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emitió una opinión
dirigida a la Secretaría de Energía, a la Comisión Reguladora de Energía (CRE)
y al Cenace, advirtiendo de las ilegalidades que contiene el Acuerdo CENACE,
debido a que constituye una violación a la libre concurrencia en el mercado de
generación de electricidad.
Asimismo, el acceso prioritario a las redes
por parte de la CFE es difícil de justificar en términos económicos, debido a que
las centrales convencionales de la CFE tienen un mayor costo de generación. Y
en términos ambientales, la generación de electricidad a partir de combustibles
fósiles por parte de la CFE produce altos niveles de emisiones contaminantes al
medio ambiente.