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julio 24, 2020

Emilio Lozoya Austin le aplicarían los artículos 256 y 257 del Código Nacional de Procedimientos Penales


Ciudad, de México. | 24 julio de 2020  
Tribuna Libre.- Cooperar con la Fiscalía General de la República (FGR) no solo libraría a Emilio Lozoya Austin de pisar la cárcel, si no que podría ayudar a su familia a sortear las acusaciones que se mantienen en su contra.

El ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) primero tiene que alcanzar el criterio de oportunidad que dependerá de la valoración que haga la FGR, a cargo de Alejandro Gertz Manero, sobre la información que proporcione.

Lozoya Austin, acusado de los delitos de lavado de dinero, cohecho y asociación delictuosa por los casos Odebrecht y Agronitrogenados, tendría más de 16 horas en video y grabaciones para ofrecer al Ministerio Público de la Federación. PUBLICIDAD La madre de Lozoya fue detenida en la isla de Juist, conocida como la “isla de las Maravillas”, en Alemania.

En el caso del funcionario durante el gobierno de Enrique Peña Nieto aplicaría la fracción V del artículo 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales: “Cuando el imputado aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le imputa, y se comprometa a comparecer en juicio”.

También se aplicaría para Lozoya Austin el artículo 257: “…se suspenderá el ejercicio de la acción penal, así como el plazo de la prescripción de la acción penal, hasta en tanto el imputado comparezca a rendir su testimonio en el procedimiento respecto del que aportó información”.

El ex director de Pemex también se convertiría en “testigo colaborador”, conforme a la Ley federal de protección para las personas que intervienen en el procedimiento penal. Parte de los recursos supuestamente los utilizó Marielle Helene Eckes, esposa de Lozoya. (Especial) “Es la persona que accede voluntariamente a prestar ayuda eficaz a la autoridad investigadora, rindiendo al efecto su testimonio o aportando otros medios de prueba conducentes para investigar, procesar o sentenciar a otros sujetos.

“Podrá ser testigo colaborador, aquella persona que haya sido o sea integrante de la delincuencia organizada, de una asociación delictiva, o que pueda ser beneficiario de un criterio de oportunidad”.

Esto beneficiaría a su esposa, Marielle Helene Eckes, y su hermana, Gilda Susana, así como su madre, Gilda Austin, quienes podrían acceder a convertirse en “personas protegidas” por este caso y en su momento podría ayudarles a acortar su proceso o reducir penas, a fin de que tampoco lleguen a prisión.

“Todo aquel individuo que pueda verse en situación de riesgo o peligro por su intervención en un procedimiento penal.

Asimismo, dentro de dicho concepto se considerarán a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con el testigo, víctima, ofendido o servidores públicos, que se vean en situación de riesgo o peligro por las actividades de aquellos en el proceso”, detalla la fracción X de Ley federal de protección para las personas que intervienen e en procedimiento penal.

Respecto a la esposa y hermana de Lozoya pesan órdenes de aprehensión y actualmente son prófugas de la justicia.

Gilda Susana Lozoya, hermana de Emilio, sería la única beneficiaria de los recursos. (Especial)A Marielle Helene Eckes, autoridades la tienen ubicada en Alemania, donde es originaria, mientras que a la hermana está pendiente a cumplir la orden de aprehensión desde el 25 de mayo del año pasado.

El caso de la madre de Lozoya es más sencillo, pues aunque ya fue vinculada a proceso, por su edad, 71 años, le fue impuesto arraigo domiciliario por los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero.

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