Emilio Lozoya Austin le aplicarían los artículos 256 y 257 del Código Nacional de Procedimientos Penales
Ciudad, de México. | 24 julio de 2020
Tribuna
Libre.- Cooperar
con la Fiscalía General de la República (FGR) no solo libraría a Emilio Lozoya
Austin de pisar la cárcel, si no que podría ayudar a su familia a sortear las
acusaciones que se mantienen en su contra.
El ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex)
primero tiene que alcanzar el criterio de oportunidad que dependerá de la
valoración que haga la FGR, a cargo de Alejandro Gertz Manero, sobre la
información que proporcione.
Lozoya Austin, acusado de los delitos de
lavado de dinero, cohecho y asociación delictuosa por los casos Odebrecht y
Agronitrogenados, tendría más de 16 horas en video y grabaciones para ofrecer
al Ministerio Público de la Federación. PUBLICIDAD La madre de Lozoya fue
detenida en la isla de Juist, conocida como la “isla de las Maravillas”, en
Alemania.
En el caso del funcionario durante el
gobierno de Enrique Peña Nieto aplicaría la fracción V del artículo 256 del
Código Nacional de Procedimientos Penales: “Cuando el imputado aporte
información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del
que se le imputa, y se comprometa a comparecer en juicio”.
También se aplicaría para Lozoya Austin el
artículo 257: “…se suspenderá el ejercicio de la acción penal, así como el
plazo de la prescripción de la acción penal, hasta en tanto el imputado
comparezca a rendir su testimonio en el procedimiento respecto del que aportó
información”.
El ex director de Pemex también se
convertiría en “testigo colaborador”, conforme a la Ley federal de protección
para las personas que intervienen en el procedimiento penal. Parte de los
recursos supuestamente los utilizó Marielle Helene Eckes, esposa de Lozoya.
(Especial) “Es la persona que accede voluntariamente a prestar ayuda eficaz a
la autoridad investigadora, rindiendo al efecto su testimonio o aportando otros
medios de prueba conducentes para investigar, procesar o sentenciar a otros
sujetos.
“Podrá ser testigo colaborador, aquella
persona que haya sido o sea integrante de la delincuencia organizada, de una
asociación delictiva, o que pueda ser beneficiario de un criterio de
oportunidad”.
Esto beneficiaría a su esposa, Marielle
Helene Eckes, y su hermana, Gilda Susana, así como su madre, Gilda Austin,
quienes podrían acceder a convertirse en “personas protegidas” por este caso y
en su momento podría ayudarles a acortar su proceso o reducir penas, a fin de
que tampoco lleguen a prisión.
“Todo aquel individuo que pueda verse en
situación de riesgo o peligro por su intervención en un procedimiento penal.
Asimismo, dentro de dicho concepto se
considerarán a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con
el testigo, víctima, ofendido o servidores públicos, que se vean en situación
de riesgo o peligro por las actividades de aquellos en el proceso”, detalla la
fracción X de Ley federal de protección para las personas que intervienen e en
procedimiento penal.
Respecto a la esposa y hermana de Lozoya
pesan órdenes de aprehensión y actualmente son prófugas de la justicia.
Gilda Susana Lozoya, hermana de Emilio, sería
la única beneficiaria de los recursos. (Especial)A Marielle Helene Eckes,
autoridades la tienen ubicada en Alemania, donde es originaria, mientras que a
la hermana está pendiente a cumplir la orden de aprehensión desde el 25 de mayo
del año pasado.
El caso de la madre de Lozoya es más
sencillo, pues aunque ya fue vinculada a proceso, por su edad, 71 años, le fue
impuesto arraigo domiciliario por los delitos de asociación delictuosa y lavado
de dinero.