• Con estas reformas se precisa el
catálogo de servicios para cumplir adecuadamente con la política laboral del
gobierno e impulsar el empleo y la ocupación productiva en la entidad.
Xalapa, Ver. | 03 septiembre de 2020
Tribuna
Libre.- En
sesión extraordinaria, el Pleno de la LXV Legislatura aprobó el dictamen de la
Comisión de Hacienda del Estado que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de
la Llave, con lo que se establece un marco jurídico acorde con la nueva
realidad socioeconómica, transparente y garante de los principios
constitucionales y legales a las que deben sujetarse las contribuciones.

Respecto a la ampliación de los catálogos
para el pago de derechos de diversos servicios que prestan las dependencias y
entidades del Gobierno del Estado, el documento pone de relieve la coincidencia
de la Comisión con los nuevos derechos, donde destacan los que regulan las
diversas disposiciones locales que, en materia ambiental, buscan prevenir y
mitigar el grave deterioro ecológico.
Así también en la incorporación de las
actividades de pesca comercial y de fomento en aguas de jurisdicción estatal.
Cuestión que -indica- otorga certidumbre jurídica a los contribuyentes al
incorporarlos al marco legal aplicable para cada materia.
Expone que, con la adición de la fracción III
del apartado A al Artículo 16, dentro de los servicios prestados por la
Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), los contadores públicos
autorizados que emiten dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales, que
por alguna razón no cumplan con los requisitos o plazos previstos por la Ley y
que, en consecuencia, les sea cancelado su registro, contarán con la
oportunidad de solicitar su reinscripción al padrón de contador público
autorizado, previo cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables.
Por otra parte, con la reforma al Artículo 19
fracción IX incisos a), b), c) y d) y la adición de sus incisos e), f) y g), se
actualiza el catálogo de los servicios diversos que presta la Secretaría de
Medio Ambiente (Sedema), resultando acorde con el amplio marco jurídico vigente
que regula sus acciones, las Leyes Estatal de Protección Ambiental, Estatal de
Mitigación y Adaptación ante los efectos del Cambio Climático y la de
Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial
para el Estado de Veracruz, lo que hace necesaria su pronta inclusión en el
Código en mención.
En tanto, con la reforma a los artículos 20 y
22, en diversas fracciones, se actualizan los servicios y las cuotas de los
catálogos de derechos que corresponden a la secretaría de Desarrollo Social
(Sedesol) y la Contraloría General del Estado (CGE), respectivamente.
También, se adiciona el Capítulo Décimo
Primero y el Artículo 22 Ter, con lo que se incorpora el catálogo de servicios
de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca (Sedarpa) para las
actividades de pesca comercial y de fomento, entre otras, en aguas de
jurisdicción estatal, con la finalidad de que los permisos para quienes se
dedican a la pesca y la acuacultura tengan certidumbre jurídica.
Como parte de la reforma, fueron modificados
los artículos 24 y 26, relativos a los servicios que presta el Colegio de
Bachilleres del Estado de Veracruz (Cobaev) y del Colegio de Estudios
Científicos y Tecnológicos del Estado de Veracruz (Cecytev), con lo cual se
otorga mayor certidumbre jurídica respecto de algunos servicios que otorgan
estos organismos descentralizados.
Con la reforma y adición del Artículo 28, por
los servicios que presta el Instituto de Capacitación para el Trabajo del
Estado de Veracruz (Icatver) se amplía el catálogo de servicios con enfoques de
calidad, evaluación y certificación siguiendo los estándares establecidos por
el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales
(Conocer).
Con la adición del Artículo 33 Bis, se
incluye el catálogo de servicios prestados por el Instituto Veracruzano de
Desarrollo Municipal (Invedem) para dar certidumbre jurídica respecto a sus
costos y propiciar la transparencia para la recepción de los mismos a través de
la oficina virtual de hacienda.
En el Artículo 33, se incluye al Instituto
Veracruzano del Deporte (IVD), lo cual permitirá generar mejores condiciones
para fomentar y sustentar una práctica deportiva de pleno acceso a la
ciudadanía, con el objeto de mejorar la calidad de vida de la población.
También se incorpora, en el Artículo 59 Quáter, a la Universidad Popular
Autónoma de Veracruz (UPAV), con el fin de abonar a la transparencia, rendición
de cuentas y en materia anticorrupción.
En cuanto al Artículo 17, y toda vez que aún
refería a la extinta Secretaría de Comunicación, se establece el nombre de la
Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas (Siop), así como los servicios
prestados por esta dependencia.
Debido a que las instituciones educativas
tecnológicas buscan mejorar la prestación de sus servicios tecnológicos, de
innovación técnica, laboratorios, deportivos, de conservación, equipamiento y
herramientas, aunado a que los otorgan en diferentes zonas económicas, se
actualiza su catálogo que, en más de un caso, disminuye el costo de los pagos
de los estudiantes y en otros reconoce la necesidad de proporcionar productos
de calidad y de mejora continua para las comunidades educativas.
Por último y con la derogación de la fracción
III del Artículo 61, relativa a la eliminación de la expedición de certificados
de sanidad animal, se corrige la legislación estatal, toda vez que esta
atribución está reservada para la autoridad federal.
Este Dictamen registró 22 votos a favor, 18
en contra y tres abstenciones.