Xalapa, Ver. | 26 septiembre de 2020
Tribuna
Libre.-La
Diputación Permanente turnó a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y
Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales una
Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, presentada por la diputada Mónica Robles Barajas.
De acuerdo con la propuesta, tras las
reformas a la Constitución local y al Código Electoral, para evitar
malinterpretaciones en el cálculo del mismo por parte de la autoridad
administrativa electoral, resulta importante correlacionar los criterios para
calcular y ministrar los montos a que tengan derecho los partidos políticos y
candidatos independientes por concepto de financiamiento público y franquicias
postales.
En aras de eficientar el ejercicio del gasto
público, tomando como base el principio de austeridad republicana, la
iniciativa propone suprimir el monitoreo de medios que realiza el Organismo
Público Electoral, en atención a que se trata de una atribución del Instituto
Nacional Electoral. Asimismo, propone que sea la autoridad citada la que lleve
a cabo de forma exclusiva el programa de resultados electorales preliminares;
recupere, concentre y reutilice el material electoral; organice debates de
forma virtual e incremente la vigilancia del voto público, evitando la comisión
de actos u omisiones que tengan como propósito la violación del voto público.
Contempla, además, que la implementación y
operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares de las elecciones
que se lleven a cabo en la entidad sean atribuciones exclusivas del Organismo,
de conformidad con las reglas, lineamientos, criterios y formatos que para el
efecto emita el Instituto Nacional Electoral.
Así también, organizar los debates entre los
candidatos a cargos de elección popular local, así como accionar de forma
oportuna cualquier medida legal necesaria para impedir la perturbación del voto
público y el fraude electoral durante los actos preparatorios, la jornada
electoral y los procesos de cómputo que le corresponda vigilar.
Finalmente, propone que las áreas y personal
tanto del Organismo Público Local Electoral y del Tribunal Electoral de
Veracruz atiendan el criterio de sustancialidad con el objeto constitucional y
legalmente que es el de organizar elecciones y dirimir las controversias en la
materia, evitando aquellas áreas no sustantivas. Todo esto, con el fin de que
los Órganos Electorales del Estado garanticen el uso de los recursos económicos
destinados a los procesos electorales de forma eficaz y eficiente.
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