Cuitláhuac SÍ deberá presentarse a la consulta popular de revocación de mandato.
**8 de
los 11 magistrados votaron a favor de tumbar el engendro Moreno.
**Reforma
también establecía eliminar consejos municipales electorales durante elecciones.
**La
SCJN declara inconstitucionalidad sobre recortes a partidos y cambios en
materia electoral.
Ciudad de México. | 24 noviembre de 2020
Tribuna
Libre.- La
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad
la Reforma Electoral que había aprobado el Congreso de Veracruz, mediante el
cual, entre otras disposiciones, se aplicó el recorte de prerrogativas a
partidos políticos con registro en el Estado.
El
pleno de la SCJN también declaró la invalidez del “blindaje” que pretendía
hacer Morena a Cuitláhuac García contra la consulta popular de revocación de
mandato.
Dicha
ley, como se publicó en la Gaceta Oficial en junio pasado, establece que “no
podrán ser objeto de consulta popular la permanencia o continuidad en el cargo
de los servidores públicos de elección popular”.
En
mayo el Congreso validó cambios a la constitución que recortaron las
prerrogativas a los partidos, en donde intentaban desaparecer 209 consejos
municipales, entre otras medidas que beneficiaban ampliamente a Morena de cara
al proceso electoral local del 2021.
En la sesión de este lunes, el ministro Juan
Luis González Alcántara Carrancá, señaló que el decreto 576, avalado por la
mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso local, es inconstitucional
debido a que existieron violaciones al procedimiento legislativo y por falta de
consulta indígena en temas que le competen.
De esta manera, con 8 votos a favor, los
ministros ordenaron que el próximo proceso deberá revisarse por las normas que
estaban vigentes previo al decreto invalidado.
Aclaró que la legislación anterior que cobra
nuevamente vigor no podrá ser reformada durante el proceso electoral salvo que
se trate de modificaciones no fundamentales.
“No se aplicó adecuadamente la normatividad
en el proceso, máxime porque se trató de un asunto de obvia y urgente
resolución; existen violaciones en el procedimiento legislativo con el
obtención la suficiente para invalidar el decreto 576 porque genera una
afectación substancial al principio de democracia deliberativa”, explicó.
Esto debido a que el dictamen no fue
circulado con el tiempo necesario para que los diputados pudieran revisarlo, ya
que no existe certeza en que la votación se lograra con la mayoría calificada
requerida para el caso.
“Se impidió la participación activa de las
minorías en el procedimiento legislativa y por lo tanto existen colaciones
invalidantes en el proceso legislativo que trae como consecuencia la
declaración de invalidez del decreto 576”.
A ello se suma que el Poder Legislativo de
Veracruz no consultó a poblaciones y comunidades indígenas y afroamericanas por
lo que no pudieron participar en su discusión.
Comentarios
Publicar un comentario