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noviembre 24, 2020

Tumba SCJN Reforma Electoral de Cuitláhuac García y Morena en Veracruz

Cuitláhuac SÍ deberá presentarse a la consulta popular de revocación de mandato.

**8 de los 11 magistrados votaron a favor de tumbar el engendro Moreno.

**Reforma también establecía eliminar consejos municipales electorales durante elecciones.

**La SCJN declara inconstitucionalidad sobre recortes a partidos y cambios en materia electoral. 

                                                        Ciudad de México. | 24 noviembre de 2020

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Tribuna Libre.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad la Reforma Electoral que había aprobado el Congreso de Veracruz, mediante el cual, entre otras disposiciones, se aplicó el recorte de prerrogativas a partidos políticos con registro en el Estado.

 El pleno de la SCJN también declaró la invalidez del “blindaje” que pretendía hacer Morena a Cuitláhuac García contra la consulta popular de revocación de mandato.

 Dicha ley, como se publicó en la Gaceta Oficial en junio pasado, establece que “no podrán ser objeto de consulta popular la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular”.

 En mayo el Congreso validó cambios a la constitución que recortaron las prerrogativas a los partidos, en donde intentaban desaparecer 209 consejos municipales, entre otras medidas que beneficiaban ampliamente a Morena de cara al proceso electoral local del 2021.

En la sesión de este lunes, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, señaló que el decreto 576, avalado por la mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso local, es inconstitucional debido a que existieron violaciones al procedimiento legislativo y por falta de consulta indígena en temas que le competen.

De esta manera, con 8 votos a favor, los ministros ordenaron que el próximo proceso deberá revisarse por las normas que estaban vigentes previo al decreto invalidado.

Aclaró que la legislación anterior que cobra nuevamente vigor no podrá ser reformada durante el proceso electoral salvo que se trate de modificaciones no fundamentales. 

“No se aplicó adecuadamente la normatividad en el proceso, máxime porque se trató de un asunto de obvia y urgente resolución; existen violaciones en el procedimiento legislativo con el obtención la suficiente para invalidar el decreto 576 porque genera una afectación substancial al principio de democracia deliberativa”, explicó.

Esto debido a que el dictamen no fue circulado con el tiempo necesario para que los diputados pudieran revisarlo, ya que no existe certeza en que la votación se lograra con la mayoría calificada requerida para el caso.    

“Se impidió la participación activa de las minorías en el procedimiento legislativa y por lo tanto existen colaciones invalidantes en el proceso legislativo que trae como consecuencia la declaración de invalidez del decreto 576”.

A ello se suma que el Poder Legislativo de Veracruz no consultó a poblaciones y comunidades indígenas y afroamericanas por lo que no pudieron participar en su discusión.

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