*Este nuevo ordenamiento prevé acciones orientadas a combatir y reducir los factores de riesgo que favorezcan la generación de violencia y delincuencia en perjuicio de la sociedad.
Xalapa, Ver. | 26 febrero 2021
Tribuna
Libre. – La LXV Legislatura del Estado aprobó la
creación de la Ley de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la
Violencia y la Delincuencia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,
resultado de la iniciativa presentada a este Poder Legislativo, el pasado 28 de
enero, por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez.
Esta nueva Ley, aprobada con
40 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, destaca que la prevención
social de la violencia y la delincuencia se entenderá como el conjunto de
políticas públicas, programas, estrategias y acciones orientadas a combatir y
reducir los factores de riesgo que favorezcan la generación de la violencia y
la delincuencia en perjuicio de la sociedad veracruzana.
De acuerdo con la norma aprobada, la prevención social de la violencia y la delincuencia se llevará a cabo mediante la implementación de programas integrales de desarrollo social, cultural y económico que no produzcan estigmatización, incluidos los de salud, educación, vivienda, empleo, deporte, desarrollo urbano y seguridad pública.
También, con la promoción de
actividades que eliminen la marginación y la exclusión, el fomento de la
solución pacífica de conflictos, a través de los medios alternativos que
determine la normatividad respectiva y con estrategias de educación y
sensibilización de la población para promover la cultura de legalidad y la paz
respetando las diversas identidades culturales, incluye programas generales y
aquellos enfocados a grupos sociales y comunidades en altas condiciones de
vulnerabilidad.
Aunado lo anterior a programas
que modifiquen las condiciones sociales de la comunidad y generen oportunidades
de desarrollo, especialmente para los grupos en situación de riesgo,
vulnerabilidad o afectación.
En el artículo 10 queda
asentado que el acceso a la justicia y la atención a víctimas de violencia y
delincuencia debe considerar la asistencia, protección, reparación del daño y
prevención de la revictimización, a través de la atención inmediata y efectiva
a víctimas de delitos, en términos del impacto emocional y el proceso legal,
velando por sus derechos y su seguridad en forma prioritaria.
Asimismo, con atención
psicológica especializada, inmediata y subsecuente realizada por profesionales,
considerando diferentes modalidades terapéuticas, brindando respuesta a las
peticiones o solicitudes de intervención presentadas por las víctimas de la violencia
y la delincuencia, a través de los mecanismos creados para ese fin y la
reparación integral del daño que incluye el reconocimiento público, la
reparación del daño moral y material, así como las garantías de no repetición.
Se contempla que el Consejo
Estatal de Seguridad Pública sea la máxima instancia para la coordinación y
definición de la política de prevención social de la violencia y la
delincuencia, con participación ciudadana. Este Consejo contará con la
Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública
para coordinar e implementar la política de prevención social de la violencia y
la delincuencia, misma que se apoyará en el Centro Estatal, en los términos que
señalan las leyes y demás normativa aplicable.
Para llevar a cabo los
objetivos y fines del Programa para la Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia, el Consejo Estatal contará con el apoyo de instancias auxiliares
en las que participen las dependencias y entidades de la Administración Pública
Estatal que cuenten con atribuciones o ejecuten acciones o programas
relacionados con la materia de prevención social de la violencia y la
delincuencia, y con la intervención de organizaciones de la sociedad civil.
La participación ciudadana se
hace efectiva a través de la actuación de las personas en las comunidades, en
las redes vecinales, las organizaciones para la prevención social de la
violencia y la delincuencia, en los Comités de Participación Ciudadana, en los
comités escolares, en el Centro Estatal o a través de cualquier otro mecanismo
local o legal, creado en virtud de sus necesidades.
Los Comités de Participación
Ciudadana son los órganos establecidos con el objeto de coadyuvar en la función
pública, conformados por integrantes de la sociedad civil, con la finalidad de
colaborar en los procesos de planeación, evaluación y supervisión de las
políticas de prevención social de la violencia y de la delincuencia.
Los programas municipales de
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación
Ciudadana, que deban incluirse en los Planes Municipales de Desarrollo, se
cubrirán con cargo a sus respectivos presupuestos y se sujetarán a las bases
que establecen esta Ley y demás disposiciones legales aplicables.
En nombre del Grupo Legislativo
de Morena, el diputado José Manuel Pozos Castro señaló que esta Ley se armoniza
con la disposición general, además que privilegia la participación ciudadana en
la prevención de delito, estableciendo reglas que propician el buen desarrollo
del entorno social y fortaleciendo la convivencia y la cohesión, para
disminuir, principalmente, los factores de riesgo que generen violencia e
incidencia delictiva.
Tras su aprobación por el
Pleno, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Adriana Paola Linares Capitanachi,
instruyó remitir el decreto al Ejecutivo estatal para su promulgación y
publicación en la Gaceta Oficial del Estado.
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