Trabajadores del sector salud deben ser indemnizados en caso de fallecer por contagio de COVID-19 por ser enfermedad profesional: ACCR
Rafael Delgado, Ver. | 24 marzo 2021
Jacinto Romero Flores
Tribuna Libre. – El especialista en Medicina de Trabajo doctor Calixto Arturo Camarillo Ramírez, dio a conocer que en esta época de la pandemia todos los trabajadores del sector salud incluso aquellos que prestan sus servicios en clínicas particulares deben sujetarse a las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo en caso de fallecer por contagio del COVID-19.
De hecho, en el Instituto
Mexicano del Seguro Social, desde el año pasado se decretó que el COVID debe
considerarse como enfermedad profesional tal como lo establece la Ley Federal
del Trabajo en su artículo 513, sobre todo en donde contempla en el numeral 136
de la Tabla de Enfermedades de Trabajo, las virosis o infecciones por virus,
siendo posible reconocer los casos de trabajadores infectados con COVID-19 como
enfermedad profesional con apego a la normatividad vigente.
Y es que al momento existe un
riesgo latente al que actualmente se enfrentan tanto los trabajadores como los
propios empleadores, causado por la propagación del virus SARS-CoV-2 conocido
como COVID-19.
En ese sentido se sabe que
existe un riesgo de exposición muy alto, en los trabajadores con contacto
directo con personas infectadas, con materiales o superficies contaminadas por
los pacientes.
Existe igual el riesgo de
exposición alto en personal con gran potencial de contacto con fuentes
conocidas o sospechosas de COVID-19; riesgo de exposición media, trabajadores
que desarrollan ocupaciones en donde se requiere un contacto cercano frecuente
entre empleados o con el público en general.
Para finalizar el entrevistado
dijo ser importante que en este tiempo se debe ser cuidadoso con los servicios
de salud con el aseo, manos ropa, el baño evitar la infección tal como lo que ha
dicho la secretaria de salud.
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