*Se busca inhibir la falta de pago de pensiones alimenticias, ya que los más perjudicados son las niñas, niños y adolescentes al estar en riesgo su derecho a la alimentación.
Xalapa, Ver | 31 julio 2021
Tribuna
Libre.- La
diputada Montserrat Ortega Ruiz presentó al Pleno del Congreso del Estado una
iniciativa con proyecto de decreto que reformaría diversas disposiciones del
Código Civil y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ambos
ordenamientos del Estado de Veracruz, cuya finalidad es la creación del
Registro Estatal de Deudores Alimentarios, como herramienta para inhibir la
falta de pago de las pensiones alimenticias.
De acuerdo con la propuesta de la integrante
del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), cuando el obligado a
dar los alimentos se rehúse a entregarlos, una vez emitida la sentencia de
pensión alimenticia, adquirirá el carácter de Deudor Alimentario y los jueces
de lo familiar ordenarán su inscripción en el Registro Estatal de Deudores
Alimentarios.
El deudor alimentario deberá informar, en un
plazo máximo de quince días hábiles, al acreedor alimentario o al Juez
competente cualquier cambio en su empleo, la ubicación de éste y el puesto o
cargo que desempeñará, a efecto de que se actualice el monto de la pensión
decretada.
Asimismo, se prevé que los juzgados
familiares cuenten con una relación actualizada de los obligados a dar
alimentos que cuenten con una sentencia o convenio. El Juez de lo familiar
notificaría al Sistema DIF Estatal quiénes hayan incumplido con esta
obligación, para que sea inscrito en el citado registro, transcurridos tres
meses de morosidad de manera consecutiva o cinco meses de forma alternada.
Por otra parte, se establece que, una vez
solventada la deuda por pensión alimenticia, el deudor deberá solicitar al Juez
de lo familiar competente su baja en el Registro Estatal y éste notificará el
cumplimiento de la obligación al DIF Estatal.
Para la debida operación del registro, el DIF
Estatal, por conducto de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños
y Adolescentes, tendrá a su cargo las siguientes funciones: elaborar y mantener
una base de datos que incluya a los deudores alimentarios morosos; acatar las
resoluciones administrativas y judiciales que ordenen la inscripción y, en su
caso, la cancelación en el registro de obligados alimentarios morosos, una vez
cumplidas las obligaciones a que se refiere esta Ley.
Además, expedir certificados sobre la
inscripción o no en el registro, ante el requerimiento simple de personas
físicas o morales, públicas o privadas, y crear, instrumentar y mantener
actualizado un sitio de internet, a través del cual los usuarios interesados
podrán obtener, en tiempo real, certificados que proporcionen información de la
existencia o inexistencia de inscripciones vigentes como deudor alimentario
moroso.
Del mismo modo, la iniciativa prevé
disposiciones relativas a las inscripciones al registro y la emisión de su
respectivo certificado, así como las obligaciones de las autoridades estatal y
municipales, para la presentación de un Certificado de No Inscripción, para la
conclusión de diversos trámites y procedimientos.
En su participación en la tribuna, la
legisladora Montserrat Ortega consideró necesario la creación de este Registro
Estatal, toda vez que –indicó- las personas que resultan más afectadas por el
incumplimiento en el pago de las pensiones son las niñas, niños y adolescentes,
al ponerse en riesgo su derecho a la alimentación.
Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue
turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos
Constitucionales y de Derechos de la Niñez y la Familia.
-Pide
diputada a autoridades estatales cumplir con Ley en materia de discapacidad-
En la sesión, la diputada Montserrat Ortega
presentó un anteproyecto con Punto de Acuerdo para exhortar a las Secretarías
de Protección Civil (SPC) y a la del Trabajo, Previsión Social y Productividad
(STPSP), ambas del Estado, a dar cumplimiento a la Ley 822 en materia de
discapacidad, para que sea garantizado el 3 por ciento de empleos de la
administración pública a personas con discapacidad, que haya señalética braille
en los espacios públicos e instalaciones que faciliten la movilidad de este
sector de la población.
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