Sala monterrey confirma la existencia de violencia política de género contra una presidenta municipal
Ciudad de México | 30 mayo 2022
Tribuna
Libre.- En
sesión pública la Sala Monterrey confirmó la resolución que determinó la
existencia de VPG porque las expresiones realizadas por el Presidente Municipal
electo utilizaron estereotipos de género para descalificar a una Presidenta
Municipal en el ejercicio de su cargo. #DecisionesClaras
#LaJusticiaElectoralSigue.
En sesión pública por videoconferencia del 26
de mayo, al resolver el juicio SM-JDC-23/2022, la Sala Monterrey confirmó, por
mayoría de votos, la resolución del Tribunal de Querétaro que determinó la
existencia de VPG en perjuicio de la Presidenta Municipal saliente, por parte
del Presidente Municipal electo, quien entraría en funciones semanas después, y
por tanto, le impuso una sanción económica, ordenó su inscripción en los
Registros de Personas Sancionadas en Materia de VPG y decretó las medidas de
reparación integral que consideró procedentes.
Durante la sesión pública, el pleno de la
Sala Monterrey coincidió en que las expresiones realizadas por el Presidente
Municipal electo eran violentas y se expresaron en contra de la Presidenta
Municipal por el hecho de ser mujer, usando estereotipos de género, porque en
una conferencia de prensa, convocada por él, señaló en referencia a la
presidenta en funciones que: “desafortunadamente nos ha tocado una mujer y cuando
las mujeres dicen sí, es no. Y cuando dicen que todo lo van a hacer
transparente, quiere decir que entonces nada es transparente”.
En su intervención, la Magistrada Presidenta
puntualizó: “la violencia política de género se configura cuando se realizan
expresiones con estereotipos en contra de mujeres en ejercicio, subrayo, en
ejercicio de su derecho político electoral a ser votada en la vertiente de
desempeño del cargo, sin que sea necesario que se produzca un resultado
material.”
Durante la sesión, el Pleno resolvió 3
juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano,
5 juicios electorales, 2 juicios de revisión constitucional electoral sumando
un total de 10 medios de impugnación.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia
constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los
Tribunales, Institutos, Congresos, Ayuntamientos, partidos políticos, y
cualquier autoridad que emite actos que vulneren los derechos político-electorales
en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro,
San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.
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