**La medida será aplicable para el proceso electoral de 2023.
**Se destinarán alrededor de 500 millones de pesos a necesidades apremiantes del estado.
Xalapa, Ver. | 02 septiembre 2022
Tribuna
Libre.- El
diputado local Juan Javier Gómez Cazarín celebró el fallo de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) por el que se valida, para el proceso electoral
de 2023, el recorte del 50 por ciento a las prerrogativas que los partidos
políticos reciben en Veracruz, desechando -por improcedentes- los recursos
presentados por las dirigencias de Acción Nacional, Revolucionario
Institucional, Revolución Democrática, Verde Ecologista, y del Trabajo.
“Éste es un triunfo del pueblo y para el
pueblo, que siempre ha demandado frenar el alto financiamiento público que
reciben los partidos políticos en Veracruz y en México. Ahora esos recursos se
destinarán en obras para beneficio de las comunidades”, enfatizó.
Gómez Cazarín compartió en sus redes sociales el boletín de la Suprema Corte de Justicia, en el que se valida la modificación a la fórmula para determinar el monto del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales en el estado.
En dicho documento público, el máximo órgano
jurisdiccional del país declaró infundadas las impugnaciones de los partidos
políticos en mención, al determinar que el precepto no es susceptible de
afectar derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas, por lo que no
era necesario consultarles de manera previa a la reforma.
De igual forma, desechó el argumento de que
la reforma al artículo 50, apartado A, fracción I, del Código Electoral del
Estado, no violó la veda electoral prevista en el artículo 105, fracción II,
penúltimo párrafo, de la Constitución General del Estado, ya que ésta se
aplicará hasta el proceso electoral 2023.
También determinó que la reducción en el
monto del financiamiento de los partidos políticos nacionales no es
inconstitucional, pues como se ha establecido en diversos precedentes, las
entidades federativas tienen libertad de configuración en ese ámbito, siempre y
cuando se cumpla con lo establecido en la Constitución Federal y la Ley General
de Partidos Políticos.
El documento también cita que la disposición
no viola el principio de irretroactividad de la ley, pues no afecta a los
partidos políticos creados previamente a la reforma, además de que la
determinación del monto de financiamiento público para actividades ordinarias
de los partidos políticos no es un derecho adquirido.
Cabe recordar que el pasado 17 de diciembre
de 2021 se sometió a votación el dictamen de la Comisión Permanente de
Organización Política y Procesos Electorales por el cual se avaló la propuesta
del Ejecutivo estatal, del 11 de noviembre de dicho año, por el cual se
establecía que el financiamiento para el sostenimiento de las actividades
ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijaría
anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el Padrón
Electoral estatal a la fecha de corte de julio de cada año, por el 32.5 por
ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Este dictamen fue aprobado con 31 votos de legisladoras,
legisladores y diputade, quienes avalaron destinar alrededor de 500 millones de
pesos, que dejarán de percibir los partidos políticos en lo que resta del
sexenio, para reforzar las necesidades más apremiantes de la sociedad
veracruzana, en materias como educación, salud, fuentes de trabajo, seguridad e
infraestructura de comunicación, entre otras.
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