Senadores de la República aprueban derogar el artículo 132 de la Ley del Seguro Social, concubinas podrán cobrar pensión de viudez
Ciudad de México. | 07 nov.2022
Tribuna
Libre.- La
Cámara de Senadores aprobó este fin de semana un proyecto de decreto para
derogar las leyes del IMSS y del ISSSTE los supuestos normativos que
condicionan, por razones de edad y duración del lazo matrimonial, la obtención
de la pensión por viudez.
El dictamen, que fue aprobado por unanimidad
y se remitió a la Cámara de Diputados, reforma la fracción II del artículo 132
de la Ley del Seguro Social y la fracción II del artículo 136 de la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
La presidenta de la Comisión de Seguridad
Social, Gricelda Valencia de la Mora, destacó que con esta reforma se avanzará,
progresivamente, en la restitución del espíritu solidario en el que se
fundamenta la seguridad social.
También añadió que los cambios eliminan las
barreras que históricamente permanecen en la legislación y que legitiman la
violación de los derechos fundamentales de las personas, en este caso, de
quienes poseen el derecho de acceder a una pensión de viudez, como esposas o
concubinas de trabajadores fallecidos.
La senadora expresó que este dictamen tiene
como sustento jurídico una sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, en la que se señala la inconstitucionalidad de estos
preceptos.
El diciembre de 2021, la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) había declarado que las concubinas podían cobrar
la pensión de viudez, al determinar inconstitucional el artículo 132 de la Ley
del Seguro Social.
Este apartado prohibía que la pareja
obtuviera dicha pensión, ya que la ley exigía el matrimonio para otorgar este
apoyo. Además, pedía que la pareja sentimental recibiera la pensión solo en
estos casos: cuando el derechohabiente hubiera muerto antes de cumplir seis
meses de matrimonio y cuando se hubiera casado después de cumplir los 55 años.
Incluso, exigía que la pareja comprobara que
había vivido cinco años en unión libre para tener derecho a la pensión.
Por esta razón, los senadores explicaron este
viernes que ahora las concubinas podrán recibir una pensión a un hecho que se
encuentra fuera de control, como lo es la muerte del trabajador o pensionado,
por lo que se debe otorgar este derecho, sin importar la edad en la que hayan
contraído matrimonio con una persona derechohabiente.
Incluso, se mencionó que la pensión de viudez
es un derecho que se otorga a familiares de los trabajadores o pensionado que
fallecieron, para que puedan contar con un ingreso seguro que les ayude a
mantener un nivel digno de vida.
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