Votaron en contra del proyecto por diversos motivos los magistrados Indalfer Infante, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón.
Ciudad de México. | 20 julio 2023
Tribuna
Libre.- La Sala Superior del
Tribunal Electoral rechazó la apelación de legisladores del Partido del Trabajo
contra el proceso de Va por México (PRI-PAN-PRD) que derivará en una
candidatura presidencial.
La mayoría de los magistrados votó en contra
del proyecto de la magistrada Janine Otálora, quien mantiene la postura de que
los procesos de la oposición y Morena son un intento de fraude a la ley.
Sin embargo, votaron en contra por diversos
motivos los magistrados Indalfer Infante, Felipe Fuentes Barrera y Reyes
Rodríguez Mondragón.
*Janine Otálora (ponente): El proceso implica
la comisión de fraude a la ley y las conductas deberían cesar, pues atentan
gravemente contra los pilares que sustentan la democracia. No comparto que
cuestiones fácticas y el comportamiento de los partidos conduzcan al Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación a realizar interpretaciones que
generan un sistema paralegal.
*Indalfer Infante: no veo inconveniente,
mientras no exista evidencia de un proselitismo que ponga en riesgo la equidad.
*Felipe Fuentes Barrera: la convocatoria está
dentro de los parámetros de la Constitución; el proceso no vulnera los tiempos
de campaña, pues busca definir un cargo partidista.
*Reyes Rodríguez: “suspender no es la única
ética correcta”; la vulneración a los principios puede evitarse si se emiten
lineamientos para definir actos permitidos y se eviten actos anticipados de
precamapaña.
Durante el debate, se aprobó una orden al
Instituto Nacional Electoral (INE) para que emita lineamientos para regular y
fiscalizar este y todos los procedimientos partidistas de características
similares, por lo que también regularían los actos de Morena.
Los
lineamientos deben respetar los siguientes parámetros:
-No se pueden utilizar las prerrogativas de
radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos
procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos.
-No está permitido el uso de recursos
públicos y las personas servidoras públicas deben acatar su deber de
neutralidad e imparcialidad.
-Siguen prohibidos los actos anticipados de
precampaña y campaña.
-El INE debe definir qué tipo de propaganda
está permitida, valorando la permanencia o retiro de la propaganda masiva en
espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas. Además,
debe garantizar el retiro de la propaganda que considere prohibida.
-Se debe implementar una fiscalización
especializada para vigilar el origen y destino de los recursos utilizados en
estos procesos, contabilizando todas las actividades y propaganda que beneficie
o posicione a las personas participantes. El INE deberá emitir un informe con
los gastos contabilizados y definir la consecuencia de esta fiscalización.