Ciudad de México. | 05 enero 2024
Tribuna
Libre.-
Ayer
jueves, se llevó a cabo la sesión solemne del 2024 en la Suprema de Corte
Justicia de la Nación (SCJN) y entro en función la ministra Lenia Batres, tras
la renuncia de Arturo Zaldívar.
Frente a la Presidenta de la SCJN, Norma
Lucía Piña Hernández, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Ana
Margarita Ríos Farjat, Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara
Carrancá.
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez
Potisek, Luis María Aguilar Morales, así como a sus invitados; Yasmín Esquivel
Mossa emitió su discurso de bienvenida y recalcó que Lenia Batres es la
quinceava mujer en ocupar un cargo en la SCJN.
En su discurso Lenia Batres embestida como
ministra de la SCJN reveló:
1.
"Tenemos
una Corte enfocada en casos que tienen fuertes implicaciones políticas, que
incluso involucran afectaciones al orden público y al interés social como la
declaración de invalidación de leyes o de normas que buscan proteger los bienes
nacionales -caso de la ley de la industria eléctrica- o distribuir el poder
-como la ley general de instituciones y procedimientos electorales".
2.
"No
tenemos un problema ideológico, sino una responsabilidad de Estado para
proporcionar a la sociedad mexicana seguridad ciudadana, investigación de
delitos y sentencias justas".
3.
"Las
autoridades deben privilegiar la solución de los conflictos sobre los
formalismos procedimentales, el Poder Judicial no lo está cumpliendo, está
Suprema Corte, por otro lado, se ha extralimitado".
4.
"El
cáracter ininpugnable de sus decisiones la ha llevado a confundir jerarquía de
la constitución con jerarquía de la instancia".
5.
"La
Corte se ha colocado por fuera y por encima del trabajo que realiza la
Auditoría Superior de la Federación impidiendo efectuar auditorías de
desempeño".
6.
"Ejerce
poderes que están expresamente vedados en la ley, como el otorgamiento de
suspensiones en casos de incostitucionalidad en contravensión con el artículo
64 útimo párrafo de la Ley Reglamentaria de las fracciones uno y dos del
artículo 105 de la Constitución".
7.
"Se
ha adjudicado facultades para legislar y determinar la 'revidisencia' de normas
expresamente derogadas por el Congreso de la Unión".
8.
"Los
excesos indican que no tenemos una Corte subordinada a la Constitución sino una
Constitución subordinada a la Corte, al grado de escuchar entre litigantes
decir: '¿qué dice la Constitución al respecto?, lo que indique la Suprema
Corte'".
Lenia Batres remarcó que es importante
"mayor armonía entre los 3 poderes en el combate de la incidencia
delictiva y a la normativa, desde los órganos del Estado hasta los derechos como
garantías penales, presunción de inocencia, derecho a recibir sentencia y a
contar con tribunales independientes e imparciales para obtener justicia pronta
y expedita.