Se
clasificaría como Violencia Vicaria cuando el progenitor custodio impida o no
acuda con los menores a las visitas programadas en los Centros de Convivencia
Familiar.
Xalapa, Ver. | 29 mayo 2025
Tribuna
Libre.- La diputada Roxana Barragán Hernández presentó al Pleno de la LXVII
Legislatura una iniciativa con proyecto de decreto que reforma disposiciones de
los Códigos Penal y Civil del estado para proteger a las infancias
veracruzanas, en los casos que se ejerza Violencia Vicaria en contra de las
madres o padres no custodios, cuando los que tengan la guardia y custodia no
acuden a las visitas programadas en los Centros de Convivencia Familiar.
De acuerdo con la propuesta, se incorporaría en el Código Penal el Artículo 367 Quater para establecer que se ejerce violencia cuando el progenitor custodio impide o no acude con los menores a visitas programadas en los Centros de Convivencia Familiar (Cecofam), sin justificación probatoria.
Además,
se prevé modificar el párrafo segundo del Artículo 345 del Código Civil para
referir que se le denominará manipulación y aleccionamiento parental, derivadas
de la utilización de las y los menores en el conflicto parental, a la conducta
que uno o ambos padres, en proceso de separación o separados, ejerza sobre sus
hijas e hijos, con el objeto de obstaculizar o destruir sus vínculos con alguno
de ellos incluidos en estos las visitas programadas en los Cecofam.
En la
Tribuna y en nombre del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de
México (PVEM), la diputada manifestó que debe tenerse claro que figuras como
patria potestad, guarda y custodia y convivencias, son parte de la
responsabilidad parental y que debe orientarse al bienestar de la niña o el
niño, “en la que se encuentra el mantenimiento de sus relaciones personales,
siempre con la firme intención de proteger el interés superior de la niñez”.
Agregó
que, de aprobarse su iniciativa, si una madre o padre custodios no llevan a las
o los menores a las visitas en los Cecofam, se actualizaría la hipótesis de
Violencia Vicaria, la cual puede reconocerse como violencia de género. “Es
manipularlos para ejercer un tipo de control o venganza, dejando a un lado la
igualdad sustantiva entre los progenitores”.
La
legisladora aseveró que la guardia y custodia del padre custodio por
incumplimiento en las visitas establecidas en el Centro de Convivencia Familiar
no es una medida novedosa, sino una práctica consolidada que busca fortalecer
la transparencia y el bienestar en los procesos familiares.
Añadió
que lejos de ser un cambio abrupto, la medida reflejaría un esfuerzo continuo
por parte de las autoridades para asegurar que los acuerdos de convivencia se
respeten, fomentando así un entorno justo y equitativo para todas las partes
involucradas.
La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y Para la Igualdad de Género.
Comentarios
Publicar un comentario