*Con 45
votos a favor y uno en contra avala Congreso este ordenamiento que otorga voz a
las víctimas.
Xalapa, Ver. | 31 marzo de 2017
Tribuna Libre.- Las diputadas y diputados de la LXIV
Legislatura aprobaron la nueva Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, lo que permitirá proteger y tutelar los derechos humanos
de las víctimas.
El dictamen remitido por la Comisión
Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales fue aprobado por el Pleno en
la cuarta sesión extraordinaria de este jueves y contó con 45 votos a favor por
parte de diputados del PAN, MORENA, PRD, PRI y del grupo legislativo mixto
Juntos por Veracruz y un voto en contra del diputado independiente Sebastián
Reyes Arellano.
Este nuevo ordenamiento crea una nueva
Comisión que contará con un mando unipersonal, que tendrá a su cargo designar a
las personas responsables del Fondo de Ayuda, la Asesoría jurídica y el
Registro Estatal de Víctimas. Destaca la actuación del Asesor Jurídico Estatal,
como mecanismo para hacer valer los derechos de las víctimas y la cobertura de
todos los procedimientos derivados de un hecho victimizante.
Reconoce como grupo vulnerable a los
migrantes, personas en situación de desplazamiento interno, personas con
discapacidad, periodistas y defensores de derechos humanos y establece que las
víctimas, en casos urgentes o en
aquellos en que las instituciones públicas no puedan brindarles la atención,
podrán acudir a la ayuda de instituciones privadas, con cargo al fondo de ayuda
correspondiente.
Integra el interés superior de la niñez,
como principio rector de los similares
que guían los mecanismos, medidas y procedimientos de ley.
La Comisión Ejecutiva será la encargada de
otorgar, con cargo al Fondo Estatal que corresponda, los Recursos de Ayuda que
requiera la víctima para garantizar que supere las condiciones de necesidad que
tengan relación con el hecho victimizante, además de fortalecer el derecho de
las víctimas a contar con un asesor jurídico en los casos en que no quieran o
no puedan contratar un abogado o abogada, lo que incluirá su derecho a elegir
libremente a su representante legal, situación que en muchas ocasiones le es
negado a la víctima.
Previo a su votación y durante la discusión en
lo general del dictamen los grupos legislativos que integran la LXIV
Legislatura del Congreso Local –en tribuna- se pronunciaron al respecto.
A nombre del PAN, el diputado Bingen
Rementería Molina, señaló que con esta Ley se dará voz a las víctimas a través
de la salvaguarda de sus derechos humanos y expresó que la Asamblea Consultiva
estará constituida por nueve integrantes, tres representantes de colectivos de
víctimas, tres de organizaciones de la sociedad civil y tres académicos,
quienes serán electos por el Congreso del Estado.
Por su parte, la diputada de MORENA, Daniela
Guadalupe Griego Ceballos reconoció la voluntad de sus compañeros legisladores
para aceptar algunas propuestas y modificar la Iniciativa original, lo que
permitió tener un dictamen más completo y dotar de mayor participación a la
sociedad civil, dijo la legisladora.
Agregó que las víctimas se han organizado en
colectivos para crear frentes comunes con el apoyo de organizaciones de la
sociedad civil y demandar con mayor fuerza el cumplimiento real de los derechos
reconocidos por el Estado mexicano. Ya que las personas que se convierten en
víctimas suelen tener una capacidad importante para idear soluciones a sus
problemas, que crece cuando logran articularse con quienes se encuentran en una
condición similar, pues su objetivo es poner fin a la causa de su problema.
Por ello, se propone que la sociedad
participe de manera más activa, ya no solo para encontrar a las personas
desaparecidas, sino para prevenir y evitar que esto no vuelva a ocurrir,
añadió.
Del PRD, la diputada Yazmín de los Ángeles
Copete Zapot señaló que la armonización a las disposiciones normativas de
carácter federal en materia de derechos humanos y en particular a la de
atención, protección, defensa y reparación de víctimas, ya no es el reto; pues
ahora el reto es velar y exigir el cabal
cumplimiento de tales diseños protectores desde el Congreso Local.
Además convocó a los integrantes de la LXIV
Legislatura a estar conscientes que no deben escatimar en la presupuestación de
recursos económicos para el cabal cumplimento de la asesoría jurídica, del
registro estatal de víctimas; para cubrir montos económicos, en casos urgentes
en donde las instituciones públicas no puedan brindar la atención, entre otras
prestaciones por parte del estado; bondades tales como la garantía de un
efectivo ejercicio del derecho de las víctimas a la justicia en estricto
cumplimiento de las reglas del debido proceso que deberá ser eficiente.
Finalmente el diputado Sebastián Reyes Arellano
expuso su desacuerdo al aprobar – en su opinión- esta ley de manera fast track
(vía rápida) y sin un análisis profundo del tema.
Este ordenamiento contempla en su capítulo IV, Artículo 122 que
corresponde a la Fiscalía informar a la víctima, desde el momento en que se
presente o comparezca ante él, los derechos que le otorga las Constituciones
Federal y Local, y los tratados internacionales, y código penal y procesal
penal respectivo, y las demás disposiciones aplicables, así como el alcance de esos
derechos, debiendo dejar constancia escrita de la lectura y explicación
realizada.
Mientras que en su Título octavo refiere lo
relacionado con el Fondo de ayuda, Asistencia y Reparación Integral en su
Artículo 130 y el cual señala que el
Fondo tiene por objeto brindar los Recursos de Ayuda y la reparación
integral de las víctimas del delito y las víctimas de violaciones a los
derechos humanos, siguiendo criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia
y rendición de cuentas.
Cabe destacar que esta ley obligaría a las
autoridades de todos los ámbitos de gobierno –en sus respectivas competencias-
a velar por la protección de las víctimas, a proporcionar ayuda, asistencia o
reparación integral.
En un plazo de 150 días contados a partir de
la entrada en vigor de la presente Ley las secretarías, dependencias,
organismos del sector salud, educación y las demás obligadas; así como aquellos
municipios que cuenten con la infraestructura y la capacidad de prestación de
servicios, en el marco de sus competencias y fundamentos legales de actuación,
deberán adecuar su normatividad conforme al Programa y el Modelo de atención a
víctimas.