*Para
los congresos de Guanajuato y Querétaro.
Tribuna Libre.- En un juicio de revisión constitucional
electoral, esta Sala Regional revocó una sentencia del Tribunal Estatal
Electoral de Guanajuato, relacionada con la asignación de diputaciones por el
principio de representación proporcional (RP) al Congreso local, lo anterior,
al haberse calculado de forma incorrecta la votación válida emitida para la
asignación de diputaciones por dicho principio.
El Pleno concluyó que el Tribunal local y el
Consejo Estatal Electoral, aplicaron de forma incorrecta los parámetros para la
asignación de diputaciones de RP previstos tanto en la Constitución como en la
ley electoral de la entidad, al no haber contemplado la votación de las
candidaturas independientes, lo que afectó la totalidad del procedimiento de
asignación de diputaciones por RP. En este contexto, en plenitud de
jurisdicción, esta Sala realizó el procedimiento de asignación de las referidas
diputaciones, dentro de los parámetros de sobre y subrepresentación, así como
los ajustes de paridad. Con dicha determinación el Congreso estatal quedó
conformado por 18 mujeres y 18 hombres.
Por otra parte, en un juicio ciudadano, la
Magistrada y los Magistrados, confirmaron por razones distintas la resolución
dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, relacionada con la
asignación de diputados de RP al Congreso de esa entidad.
En la sentencia, se subrayó que el Tribunal
local al obtener la votación estatal emitida, incorrectamente redujo el total
de sufragios que obtuvieron los partidos Verde Ecologista de México y Querétaro
Independiente, los cuales alcanzaron más del 3% de la votación válida emitida,
lo que provocó una distorsión que serviría como parámetro para calcular la sub
y sobrerrepresentación de los partidos políticos. No obstante, se consideró que
contrario a lo argumentado por el actor, el partido MORENA no se encuentra
subrepresentado y que al Partido Acción Nacional únicamente le correspondían 12
curules de RP, motivo por el cual, esta Sala Regional confirmó el fallo
combatido en cuanto a la distribución y asignación de curules por el citado
principio.
Durante la sesión, se resolvieron 8 juicios
ciudadanos y 7 juicios de revisión constitucional, siendo un total de 15 medios
de impugnación.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia
federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda
circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes,
Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y
Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la
preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio
Sánchez-Cordero Grossmann.