*La
Sala Regional Monterrey desechó diversos juicios ciudadanos presentados por
diputados integrantes del Congreso del Estado de Guanajuato, a fin de
controvertir las sanciones impuestas con motivo del procedimiento disciplinario
iniciado por el incumplimiento de sus funciones.
Monterrey, N.L. | 06 Julio de 2017
Tribuna Libre.- La Sala Regional Monterrey desechó juicios
ciudadanos promovidos por legisladores del estado de Guanajuato para
controvertir la resolución de la Mesa Directiva del referido Congreso que
disminuyó por el equivalente a cinco días sus dietas parlamentarias, al no
justificar la inasistencia a la sesión ordinaria del pasado 11 de mayo; en sus
demandas los diputados señalaban que la restricción del pago de dietas, como la
que se decidió en un procedimiento disciplinario violaba su derecho al
desempeño del cargo, para la Sala Monterrey esa decisión de reducción de dietas
derivada de un procedimiento administrativo disciplinario instado por el
Congreso no violenta la esfera de derechos político-electorales de los actores,
pues aun cuando la decisión afecta la remuneración que perciben por el cargo
que desempeñan, derecho inherente a su ejercicio, lo cierto es que se trata
sanciones administrativas derivadas de la falta de cumplimiento a las
obligaciones que tienen encomendadas.
En otros asuntos, la Magistrada y los
Magistrados revocaron las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del
Estado de Tamaulipas y la Sala Administrativa de Aguascalientes,
respectivamente, la primera relacionada con la presunta omisión del Instituto
Electoral local de publicar en estrados electrónicos los escritos de medios de
impugnación presentados contra sus actos; mientras que la segunda, tuvo como
origen la demanda de la asociación civil “Unidos Podemos por Aguascalientes”,
en la que controvirtió un procedimiento de otra asociación para constituirse
como partido político local.
Las decisiones de este órgano jurisdiccional
se sustentaron en el hecho de que las responsables no analizaron correctamente
que quien promovió ante ellos no tenía interés jurídico para cuestionar esas
determinaciones, en virtud de que se trataba de actos que no vulneran o
lesionan directamente sus derechos, de ahí que se revocara la decisión de los
tribunales estatales y en plenitud de jurisdicción se desecharan las demandas
presentadas en las instancias locales.
Durante la sesión pública, este órgano de
decisión resolvió 10 juicios para la protección de los derechos
político-electorales del ciudadano.