Tribuna Libre.- El
Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró fundados los agravios
relativo a la omisión del Ayuntamiento responsable de otorgar una remuneración
proporcional a las responsabilidades como servidor público auxiliares, por lo que
tienen derecho de recibir una remuneración por el desempeño de su actividad al
Agente Municipal Octavio Mejía Sánchez en la congregación de Cuartel Tercero.
El TEV determinó sobreseer el juicio
ciudadano por lo que se refiere a Juan Marcos Zavaleta, en virtud de carecer de
legitimación para promover el juicio ciudadano, ya que en actuaciones quedo
demostrado que no tiene la calidad de subagente municipal, sino suplente del
Agente Municipal y no se encuentra en funciones.
Por otra parte, quedó acreditado que, en el
presupuesto de egresos de 2019, de los cabildos de los ayuntamientos
responsables fueron omisos en establecer una partida presupuestal para el pago
de los Agentes y Subagentes municipales.
El TEV ordenó al Ayuntamiento de Jalacingo a
realizar un análisis presupuestal que permita formular ante el cabildo la
propuesta de modificación al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal
dos mil diecinueve.
También, fueron inoperantes los agravios
relativos al pago de erogaciones, así como el relativo al monto de su salario;
toda vez que, corresponde su determinación al Ayuntamiento responsable, esto
atendiendo el pleno respeto de la autonomía del órgano responsable, en términos
del artículo 115 de la Constitución General.
Asimismo, se vinculó al Congreso del Estado
de Veracruz, para que, con base en la modificación, y conforme a sus
atribuciones, determine lo conducente.