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octubre 29, 2014

Justificación de la Capacitación de Veracruz

* “Que la capacitación, sea el factor de la transformación”


Xalapa, Ver. | 28 octubre de 2014
Dr. Gabriel Alejandro Williams Mendoza
Tribuna Libre.-  Sin duda alguna el sistema penal de corte acusatorio y oral representa un reto paradigmático, pues en nuestra historia hacía más de 70 años que no se gestaba una modificación tan estructural en la forma en cómo se procura, administra y aún como la ciudadanía ve la justicia .

Los tiempos apremian y a razón de ello el Colegio de Derecho y Juicios Orales, ente debidamente incorporado a la Universidad Popular Autónoma de Veracruz, ambos preocupados por el bienestar de la ciudadanía y del progreso de Veracruz en la consolidación de sus instituciones, ha tomado la valiente decisión de iniciar un proceso de capacitación para la comunidad jurídica en general, no importando la institución a la que pertenezcan, pues estamos convencidos que solo con el conocimiento y fortalecimiento de los abogados a través de estándares Constitucionales, podremos enfrentar este reto generacional que se nos presenta.

El reto de la capacitación, más que buena voluntad es una obligación para todos los órganos del Estado que desean hacer de la justicia un estandarte de satisfacción social; aunado a ello en el decreto de reforma Constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del 2008 en su artículo octavo transitorio anuncia

El Congreso de la Unión, las Legislaturas de los estados y el órgano legislativo del Distrito Federal, deberán destinar los recursos necesarios para la reforma del sistema de justicia penal. Las partidas presupuestales deberán señalarse en el presupuesto inmediato siguiente a la entrada en vigor del presente decreto y en los presupuestos sucesivos. Este presupuesto deberá destinarse al diseño de las reformas legales, los cambios organizacionales, la construcción y operación de la infraestructura, y la capacitación necesarias para Jueces, Agentes del Ministerio Público, Policías, Defensores, Peritos y Abogados.

Mientras que el diverso dispositivo transitorio que dio origen al Código Nacional de Procedimientos Penales es más que claro en establecer:

De los planes de implementación y del presupuesto CNPP

El Consejo de la Judicatura Federal, el Instituto de la Defensoría Pública Federal, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y toda dependencia de las Entidades federativas a la que se confieran responsabilidades directas o indirectas por la entrada en vigor de este Código, deberán elaborar los planes y programas necesarios para una adecuada y correcta implementación del mismo y deberán establecer dentro de los proyectos de presupuesto respectivos, a partir del año que se proyecte, las partidas necesarias para atender la ejecución de esos programas, las obras de infraestructura, la contratación de personal, la capacitación y todos los demás requerimientos que sean necesarios para cumplir los objetivos para la implementación del sistema penal acusatorio.

Concebir la preparación del abogado litigante es pensar en el futuro jurídico del Estado, si mostramos al abogado a realizar su actuación dentro del marco Constitucional, generaremos el movimiento para que este engranaje logre brindar los satisfactores jurídicos que se esperan.

El compromiso social que el Colegio de Derecho y Juicios Orales bajo mi dirección ha asumido frente a la Comunidad Jurídica Estatal es ofertar de forma altruista un curso introductorio para litigantes en materia penal, desglosando los puntos más sobresalientes de la reforma bajo una perspectiva Constitucional, por lo tanto el interesado no tendrá que erogar costo alguno por aprender democratizando con ello la enseñanza del Derecho, llegando a todo aquel que esté interesado, pues aún y cuando no existe financiamiento alguno por parte de ningún ente del Estado y el Colegio que presido no persigue fines de lucro; opté por brindarlo de forma gratuita para llegar al “gran olvidado de la capacitación” EL ABOGADO POSTULANTE, a quien va dirigido mi esfuerzo.

Pero como uno de los puntos que caracteriza  al Colegio es la calidad de sus docentes, este curso gratuito no podía mantener menor estándar de calidad, es por ello que dispuse que los capacitadores que emprenderán conmigo la labor de la capacitación integral del Estado sean expertos en el sistema penal acusatorio, docentes certificados por la SETEC-SEGOB, con posgrados en diversas instituciones públicas y privadas de la República Mexicana y el extranjero, los cuales previo a brindar la capacitación debieron haber pasado un curso formativo que les permitiera aportar lo mejor de su conocimiento al Gremio Jurídico.


Reitero, el tiempo apremia estamos a poco tiempo para que fenezca el término Constitucional para la implementación integral del sistema acusatorio y oral, pero estamos a tiempo de capacitar a los “olvidados institucionales”, aquellos que no cuentan más que con su trabajo y su esfuerzo para financiarse capacitación; a ellos vamos dirigidos a ellos mi esfuerzo… (Dr. Gabriel Alejandro Williams Mendoza Rector del Colegio de Derecho y Juicios Orales)

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