*Presenta
la diputada Cinthya Lobato iniciativa que modifica el artículo 115 de la citada
ley con el objeto de armonizarla con lo que señala el CONAC.
Xalapa, Ver. | 16 febrero de 2018
Tribuna Libre.- La Diputación Permanente de la LXIV
Legislatura dio entrada a la iniciativa que reforma el artículo 115 de la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz,
presentada por la diputada Cinthya Lobato Calderón, que tiene por objeto
señalar que corresponde al Órgano Interno de Control del IVAI vigilar que las
normas, procedimientos administrativos y contables se apliquen eficientemente,
conforme a los lineamientos establecidos por las leyes en la materia y los
postulados básicos de contabilidad gubernamental.
La iniciativa refiere que aun cuando la
citada ley fue reformada en diciembre de 2017, ésta aún conserva en su
redacción elementos que se contraponen con la nueva Ley de Contabilidad, por lo
que es necesario reformar su contenido
para cumplir con la armonización legislativa.
Subraya que el órgano de coordinación para la
armonización de la contabilidad gubernamental es el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC), el cual desempeña una función única debido a que
los instrumentos normativos, contables, económicos y financieros que emite
deben ser implementados por los entes públicos.
Lo anterior a través de las modificaciones,
adiciones o reformas a su marco jurídico, lo cual podría consistir en la
eventual modificación o expedición de leyes y disposiciones administrativas de
carácter local, según sea el caso
-Prevé
reforma a la Ley de Protección a la Maternidad-
La diputada Cinthya Lobato también presentó
una iniciativa de reforma a la Ley de Protección a la Maternidad del Estado con
el propósito de suprimir la fracción VII del artículo 11, toda vez que esta
disposición contraviene el derecho de la mujer a la libertad de decisión, tal
como lo prevé el Sistema de Naciones Unidas.
La diputada recordó el contenido de la
fracción a derogar, es derecho de la mujer “recibir ayuda psicológica o
psiquiátrica, durante el embarazo o después del parto, cuando se trate de
embarazos no previstos o no deseados. Esa ayuda se hará extensiva a su padre,
madre y a otros familiares que la tengan a su cuidado, principalmente cuando la
embarazada sea menor de edad”.
Sin embargo lo anterior, sin duda podría
implicar que se obligue a una mujer o niña embarazada como producto de una violación,
se vea obligada a recibir una coacción psicológica a fin de que el producto
llegue a término, sin su consentimiento informado.
Este derecho fundamental incluye el derecho a
tener control y decidir libre y responsablemente sobre temas relacionados con
su sexualidad, incluyendo la salud sexual y reproductiva, añadió.
La propuesta legislativa sostiene que las
violaciones de la obligación de respeto se producen cuando el Estado a través
de leyes, políticas o acciones, atente contra el derecho a la salud sexual y
reproductiva, e incluye la intervención del Estado en la libertad del individuo
para controlar su propio cuerpo y su capacidad para tomar decisiones libres,
informadas y adoptar decisiones responsables en este sentido.