*Sesiones
foráneas del Poder Legislativo, solo por acuerdo de las dos terceras partes de
los diputados.
Xalapa, Ver. | 01 febrero de 2018
Tribuna Libre.- Las diputadas y diputados de la LXIV
Legislatura de Veracruz aprobaron la reforma al artículo 6 de la Constitución
Política estatal para establecer que el Estado y los Ayuntamientos promoverán
el derecho al mínimo vital de la población en situación de vulnerabilidad, a
través de los presupuestos asignados al rubro respectivo que deberán
ministrarse conforme a los términos que establezca la legislación aplicable. El
monto presupuestal asignado nunca será inferior al aprobado en el ejercicio
inmediato anterior.
Este Dictamen registró 44 votos a favor, sin
abstenciones o votos en contra.
Avalan reforma en relación a requisitos para
ser Magistrado
En la sesión, el Pleno aprobó el decreto que
reforma la fracción III del artículo 58 y adiciona la fracción XV al artículo
56 de la Constitución Política del Estado y establecer que para ser magistrado
se requiere poseer, al día del nombramiento, título de Licenciado en Derecho
expedido por autoridad o institución legalmente facultada, con una antigüedad mínima
de diez años y contar, preferentemente, con estudios de posgrado, o con
experiencia profesional en la judicatura
o ejercicio de la profesión no menor a ese lapso.
Además de incluir que el Poder Judicial
tendrá atribuciones para elaborar el dictamen técnico en sentido favorable o no
favorable, según sea el caso, respecto de los magistrados en posibilidad de ser
ratificados, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Sesión foránea, solo por acuerdo de las dos
terceras partes de los diputados
El Pleno, también, aprobó la reforma –en su
primer periodo- al artículo 28 de la Constitución Política del Estado, mismo
que determina que el Congreso podrá cambiar su sede provisionalmente, si para
ello existe el acuerdo de las dos terceras partes del total de los diputados
presentes, notificándose de dicha determinación a los otros dos Poderes.
Este Dictamen registró 39 votos a favor, sin
abstenciones o votos en contra.
Aprueban autonomía de la Editora de Gobierno.
Las y los legisladores aprobaron el Dictamen
de reforma al artículo 67 de la
Constitución Política del Estado que establece que la Editora de Gobierno se
encuentre desligada del Poder Ejecutivo y se instaure como un organismo
autónomo, en función de cumplir a cabalidad sus atribuciones, y explotar al
máximo su labor editorial y de difusión de la cultura.
De esta manera, se establece que la
publicación de las disposiciones normativas de observancia general, así como la
de aquellas obras literarias y de investigación que contribuyan a la formación
del pueblo veracruzano, estará a cargo de la Editora de Gobierno del Estado de
Veracruz.
La Editora publicará todas las disposiciones
normativas de observancia general y demás actos que expidan los Poderes del
Estado, las personas de derecho público con autonomía reconocida por esta
Constitución Política, los ayuntamientos del Estado y la administración pública
paramunicipal, a través de la Gaceta Oficial, que será el órgano informativo
del Gobierno Constitucional del Estado, de carácter permanente e interés
público.
El Congreso designará al titular de la
Editora de Gobierno, por el voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes, de conformidad con el procedimiento que determine la ley. El titular
de la Editora durará en su encargo cinco años, no podrá ser reelegido y sólo se
le podrá remover por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su
nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el
Título Quinto de esta Constitución.
Este Dictamen registró 45 votos a favor, sin
votos en contra o abstenciones.