*Para así, establecer en la entidad este derecho que en diversos estados
de la República ya está vigente.
Xalapa, Ver. | 12 junio de 2018
Tribuna Libre.- El diputado de la
LXIV Legislatura, Nicolás de la Cruz de la Cruz, presentó ante el Pleno del
Congreso de Veracruz la iniciativa de reforma al artículo 70 de la Constitución
Política del Estado para incorporar la figura de la reelección, de los
presidentes municipales, y así establecer en la entidad este derecho que en
diversos estados de la República ya está vigente.
En la séptima
sesión ordinaria, el diputado indicó que esta modificación permitirá, tanto a
los actuales presidentes municipales de acceder a la reelección, como a los
ciudadanos de aprobar una gestión y brindarle nuevamente su confianza para la
continuidad de proyectos de desarrollo.
De acuerdo a su
propuesta, los presidentes municipales, síndicos y regidores podrán ser electos
para un periodo adicional. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo
partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo
hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de
la mitad de su mandato.
Quien hubiese sido
electo como edil propietario de manera consecutiva por el límite establecido,
no podrá ser electo para el siguiente periodo en calidad de suplente del mismo
cargo de elección popular.
Para que la
reelección pueda darse deberá bajarse de cuatro a tres años el periodo de la
administración, refirió el diputado.
Indicó que la
reelección de los ayuntamientos resulta positiva ya que contribuye a ejercer un
voto retrospectivo, en donde la ciudadanía evalúa la gestión anterior con base
en los resultados y desarrollo brindado; supone un mecanismo de profesionalización
y continuidad en materia de brindar servicios relacionados con las atribuciones
legales del ayuntamiento y genera formas más adecuadas de llevar a cabo el
trabajo.
Ejemplificó lo
ocurrido en Nayarit en 2017, en el que, a través de juicios para la Protección
de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano y de Revisión Constitucional
la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
resolvió sobre la posibilidad de la reelección de ayuntamientos que excedían
los 3 años de mandato.
Pero que dado lo
extraordinario del periodo de dichas administraciones, y ponderando las
ventajas de dicha figura de cara a la ciudadanía, podían ser susceptibles de
acudir a las urnas en busca del sufragio popular.